Transcurría la media noche del sábado 7 en la apacible zona de la
fábrica Quimbol cuando sonó el teléfono de la Fuerza Especial de Lucha
Contra el Crimen de Quillacollo (FELCC) y al otro lado de la línea una
mujer en medio de sollozos pedía auxilio porque su esposo le había roto
los labios y pisado en el suelo, pese a su estado de embarazo.
El teniente Ariel Osinaga de la Policía de Ayuda al Ciudadano (PAC)
se dirigió a la casa donde se habría cometido violencia intrafamiliar,
comprobando que quien estaba implicado en la brutal golpiza era uno de
los integrantes de "María Juana", Juan Carlos Veizaga Sansuste,
vientista y arreglista del afamado grupo.
El funcionario policial al encontrar resistencia del agresor, quien
se encontraba en aparente estado de ebriedad, llamó refuerzos a la
FELCC, acudiendo al domicilio particular de la víctima dos policías a
bordo de una camioneta, además de otro miembro del PAC en motocicleta.
Veizaga quien gritaba en su favor ser integrante de María Juana y "no
sabían con quien se estaban metiendo", fue conducido a las oficinas de
la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia de Quillacollo (FELCV)
junto a su suegra y esposa agredida, quien sangraba profusamente de la
boca y se quejaba de fuertes dolores en el cuerpo ya que estaría
embarazada.
Los efectivos policiales que participaron del operativo depositaron
al violento músico y coautor de la canción "Rompe monteras" en dichas
oficinas que estaba a cargo del policía de turno de apellido Calavi y
una mujer uniformada.
Según testimonios de los policías de quienes se guarda su identidad
en reserva, el agresor se opuso por todos los medios a que su esposa
maltratada y suegra oficialicen la denuncia, incluso convocó a sus
hermanos y papás para que intercedan y hagan desistir a la mujer
ultrajada en su dignidad "para precautelar su prestigio".
Tras varios ruegos, la mujer sometida a violencia, habría desistido
de oficializar la denuncia, siendo aceptada por los efectivos policiales
de turno debido a una llamada de una autoridad policial jerárquica.
NORMAS ANTIVIOLENCIA
La "Ley Integral para Garantizar a las
Mujeres una Vida Libre de Violencia" en su artículo 5 inciso II
sostiene: "Las autoridades y servidores públicos de todos los órganos,
instituciones públicas, entidades territoriales autónomas y la sociedad
civil, tienen la obligación de hacerla cumplir, bajo responsabilidad
penal, civil y administrativa".
Asimismo, según el artículo 7 de la citada Ley, en torno a la
violencia física afirma: "Es toda acción que ocasiona lesiones y daño
corporal, interno, externo o ambos, temporal o permanente, que se
manifiesta de forma inmediata o en el largo plazo, empleando o no fuerza
física, armas o cualquier otro medio".
Respecto de este nuevo caso de violencia extrema contra una mujer,
miembros de la Red de Lucha Contra toda Forma de Violencia contra la
Mujer del Valle Bajo, anunciaron que pedirán un informe detallado del
caso porque se advierte un presunto encubrimiento e incumplimiento de
deberes de los efectivos policiales que atendieron el hecho.
"Vamos a exigir el cumplimiento estricto de todas las leyes que
protegen los derechos de las mujeres como la Ley Integral para
Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, Ley Contra la
Violencia en la Familia o Doméstica y la Ley Contra el Racismo y Toda
Forma de Discriminación. También exigiremos sanciones en caso de
comprobarse favoritismo contra el agresor", indicaron sus representantes
en Quillacollo.
El Tunari
Todo sobre la Convocatoria de Admisión 2025 a las ESFM-UA en Bolivia
-
Convocatoria de Admisión 2025 a las Escuelas Superiores de Formación de
Maestras y Maestros en Bolivia
El *Ministerio de Educación del Estado Plurinaciona...
0 Comentarios