Ad Code

Alcaldía emite decreto que reglamenta actividades del Carnaval de Oruro

En conferencia de prensa, la alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro (GAMO), Rossío Pimentel Flores, ayer presentó el Decreto Municipal 6 de fecha 8 de enero, que reglamenta las actividades del Carnaval de Oruro 2013, a falta de la emisión de la ordenanza municipal de todos los años.

"Hasta ayer el Ejecutivo ha esperado la normativa correspondiente de parte del Concejo Municipal que hasta la fecha no ha llegado, pese a haber enviado un proyecto de ordenanza, mismo que no ha sido promulgado menos publicado para su cumplimiento", expresó el secretario general del GAMO, Jorge Ustárez.
Este decreto define desde la ruta de la entrada tanto del Sábado de Peregrinación como la del Domingo de Carnavales, que es la misma de la gestión pasada, básicamente toda la Avenida 6 de Agosto, la calle Bolívar, la Plaza 10 de Febrero, Avenida Cívica Sanjinés Vincenti, la Plaza del Folklore y el Santuario de la Virgen del Socavón.

En cuanto a la venta de metros lineales, indica que no podrán acceder a los mismos quienes hayan incumplido con los compromisos adquiridos la pasada gestión 2012, infringido la normativa o tengan deudas pendientes con el municipio.

Asimismo, se prohíbe la venta de globos con agua y todo juego u hostigamiento con agua en cualquiera de sus formas en vías públicas, domicilios, vehículos, mojazones y otros, antes y durante el Carnaval.

El decreto establece la obligación de todas las personas naturales y jurídicas que intervengan es este evento de incorporar en las mismas el Logo Corporativo del Carnaval de Oruro, imagen diseñada por la Dirección de Comunicación del Gobierno Autónomo Municipal, cuyo incumplimiento estará sancionado por una multa equivalente a 1.000 Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV’s) por cada imagen o publicidad que omita esta disposición.

Todas la entidades y personas naturales que utilicen y exploten publicidad con motivo del Carnaval de Oruro, sea a través de imagen, radio, televisión o sitios web, tienen la obligación de incluir en un porcentaje equivalente al 40 % de la publicidad emitida o empleada a mensajes de Educación ciudadana expresado en consumo racional de bebidas alcohólicas, el no consumo de Drogas, a mensajes de prevención sexual, a una cultura de no violencia, de prevención y seguridad ciudadana y al no juego con agua.

"El tema de la transferencia de recursos de pronto es una inquietud, la ley establece que todos los recursos para su transferencia deben tener la autorización a través de una resolución del Concejo Municipal, entonces la institución interesada tiene que tramitar la misma que nos autorice transferir el dinero, por eso estas normas están basadas fundamentalmente en la vigencia de las últimas leyes y normas", manifestó Pimentel.

La Patria

Publicar un comentario

0 Comentarios